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Legislación

Nuevas restricciones publicitarias en Brasil expondrán a los apostadores al mercado ilegal, afirma IBJR

Estadio Minas Gerais, Brasil, 415 x 275 cm

El Instituto Brasileño de Juego Responsable (IBJR) ha suscitado importantes preocupaciones con respecto a La Comisión de Deportes En la aprobación por parte del Senado del Proyecto de Ley n.º 2,985, que introduce estrictas restricciones a la publicidad de los establecimientos de apuestas legalizados. Esta legislación podría expandir inadvertidamente el mercado informal, según la IBJR, al debilitar los canales de comunicación entre las casas de apuestas autorizadas y sus clientes. Además, según la IBJR, el proyecto de ley pone en peligro la viabilidad de una industria regulada dedicada a promover el juego responsable.

“Estas restricciones exponen aún más a los apostadores al mercado ilegal, que ya representa aproximadamente la mitad del mercado, no ofrece garantías, carece de control y no aporta ningún beneficio a la sociedad.

La publicidad legal orienta, informa y protege. Con ella, los ciudadanos pueden identificar plataformas reguladas que cumplen con regulaciones estrictas y se comprometen con prácticas de juego responsable, declaró el IBJR en un comunicado.

El IBJR argumentó que la nueva ley también era innecesaria porque “Brasil ya posee un marco regulatorio sólido que está en constante mejora”. Según el IBJR, “la Ley 14,790/23, la Ordenanza No. 1,231/24 de SPA y el Anexo X de la Código del CONAR (Consejo Nacional de Autorregulación Publicitaria), desarrollado con la contribución activa del IBJR, establece criterios claros para la comunicación sectorial, centrándose en la ética y la protección de las audiencias vulnerables”.

La IBJR concluyó diciendo que sigue comprometida con el diálogo, el juego responsable y el desarrollo de un mercado ético y responsable para todos los brasileños.

Según la Agencia de Noticias del Senado de Brasil, el nuevo proyecto de ley establecerá las siguientes restricciones para la publicidad en apuestas en Brasil si es aprobado por el plenario: se prohíbe la publicidad durante eventos deportivos en vivo; las cuotas dinámicas o probabilidades en tiempo real solo se pueden mostrar en los sitios web, aplicaciones o plataformas de los operadores autorizados; no se permite la publicidad impresa; se prohíbe la promoción de contenido fuera del horario permitido, incluso si se origina en los canales oficiales de los operadores de apuestas.

Los anuncios no pueden utilizar la imagen o participación de deportistas, ex deportistas, artistas, comunicadores, influencers, autoridades o miembros de comités técnicos profesionales, aunque los ex deportistas podrán publicitar apuestas cinco años después de retirarse de sus carreras.

También se prohíbe el patrocinio directo o indirecto de árbitros y otros miembros de los equipos de arbitraje de competiciones deportivas por parte de operadores de apuestas con cuotas fijas. Además, la publicidad no debe presentar las apuestas como algo socialmente atractivo, un medio para el éxito personal, una alternativa al empleo, una solución a problemas financieros, una fuente adicional de ingresos, una oportunidad de inversión o una promesa de rentabilidad.

Se prohíbe el uso de animaciones, dibujos, mascotas, personajes o recursos audiovisuales dirigidos directa o subliminalmente a menores, así como la promoción de programas que enseñen o fomenten las apuestas. No se pueden enviar medios de comunicación, como mensajes o notificaciones, sin el consentimiento previo del destinatario, y no se permite la publicidad sexista, misógina o discriminatoria.

Según el proyecto de ley, la publicidad estática o electrónica en estadios y recintos deportivos está prohibida, excepto para los operadores con derechos de nombre del recinto o que patrocinen los uniformes de los equipos. En la práctica, esta disposición limita la difusión de anuncios de apuestas deportivas a las empresas que han obtenido derechos de nombre para estadios o campeonatos, o que patrocinan los uniformes de los equipos durante los partidos.

Sin embargo, ciertas prácticas publicitarias están permitidas bajo la nueva normativa. Los anuncios de apuestas pueden emitirse en televisión abierta y por suscripción, servicios de streaming, redes sociales e internet entre las 7:30 y la medianoche. Los anuncios de radio están permitidos en dos franjas horarias específicas: de 9:11 a 5:7 y de 30:15 a 15:XNUMX. Los anuncios de apuestas pueden mostrarse durante las transmisiones en vivo de eventos, XNUMX minutos antes y XNUMX minutos después de su finalización.

La publicidad también está permitida en cualquier momento en sitios web, páginas o aplicaciones propiedad de operadores, siempre que el acceso del usuario sea voluntario. Asimismo, la marca de patrocinadores y operadores de apuestas puede mostrarse en anuncios promocionales para transmisiones de eventos deportivos entre las 9:6 y las 18:XNUMX, siempre que estos anuncios no contengan invitaciones ni promesas relacionadas con ganancias de apuestas, referencias a cuotas o bonos promocionales, ni infrinjan las normas de clasificación de contenido. Asimismo, los anuncios de apuestas en redes sociales y otras aplicaciones de internet están permitidos para usuarios registrados que verifiquen su edad mayor de XNUMX años.

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